{"id":3875,"date":"2025-08-13T03:11:03","date_gmt":"2025-08-13T03:11:03","guid":{"rendered":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/?p=3875"},"modified":"2025-08-13T03:11:03","modified_gmt":"2025-08-13T03:11:03","slug":"sujetos-de-nacionalidad-extranjera-fueron-condenados-a-15-y-13-anos-de-presidio-por-ser-autores-de-secuestro-extorsivo-agravado-la-razon","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/?p=3875","title":{"rendered":"Sujetos de nacionalidad extranjera fueron condenados a 15 y 13 a\u00f1os de presidio por ser autores de secuestro extorsivo agravado \u2013 La Raz\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p> <br \/>\n<\/p>\n<div>\n<p><strong>El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua conden\u00f3 a Yeiber El\u00edas Romero Alcal\u00e1 a la pena de cumplimiento efectivo de 15 a\u00f1os de presidio, m\u00e1s las accesorias legales de inhabilitaci\u00f3n absoluta perpetua para cargos y oficios p\u00fablicos y derechos pol\u00edticos y la inhabilitaci\u00f3n absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor ejecutor del delito consumado de secuestro extorsivo agravado. Il\u00edcito perpetrado en diciembre de 2023, en la comuna.<\/strong><\/p>\n<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.larazon.cl\/wp-content\/uploads\/2024\/10\/nnn-copia.png\"\/><\/p>\n<p>En fallo un\u00e1nime, el tribunal conden\u00f3 a los acusados Yhoniel Jos\u00e9 Oviedo L\u00f3pez, Miguel Alejandro Cordero Su\u00e1rez y Andr\u00e9s Eduardo Mart\u00ednez Soteldo a 13 a\u00f1os de presidio efectivo y accesorias de inhabilitaci\u00f3n absoluta perpetua para cargos y oficios p\u00fablicos y derechos pol\u00edticos y la inhabilitaci\u00f3n absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas, en calidad de coautores ejecutores del delito.<\/p>\n<p>El tribunal dio por acreditado m\u00e1s all\u00e1 de toda duda razonable que \u201c(\u2026) Miguel Alejandro Cordero Su\u00e1rez, Yhoniel Jos\u00e9 Oviedo L\u00f3pez, Andr\u00e9s Mart\u00ednez Soteldo, junto al imputado Yeiber Romero Alcal\u00e1 y otros sujetos de nacionalidad extranjera a\u00fan no individualizados, se concertaron y se distribuyeron diversas funciones precisas y determinadas, todas ellas convergentes hacia un fin com\u00fan y compartido por todos en este caso, correspondiente a secuestrar a la v\u00edctima (\u2026), que se inici\u00f3 simulando querer realizar la compraventa de un veh\u00edculo placa patente (\u2026), el que la v\u00edctima manten\u00eda p\u00fablicamente a la venta por la plataforma Marketplace de la red social Facebook\u201d.<\/p>\n<p>\u201c(\u2026) motivo por el que concurrieron los imputados el d\u00eda 19 de diciembre de 2023 a la ciudad de Rancagua a bordo de dos veh\u00edculos, el primero de marca Chevrolet modelo Spark GT color gris con cap\u00f3 negro y el segundo, un Kia Morning color rojo placa patente \u00fanica (\u2026), donde a la altura de la calle (\u2026) de la comuna de Rancagua, interceptaron el veh\u00edculo marca MG, modelo 3 Hatchback, a\u00f1o 2023, color negro placa patente (\u2026), el cual era conducido por la v\u00edctima en compa\u00f1\u00eda de dos sujetos masculinos extranjeros no identificados hasta este momento, quienes previamente coordinados con los imputados ya mencionados, interceptaron el veh\u00edculo de la v\u00edctima\u201d (\u2026) procediendo el grupo organizado \u201c(\u2026) a intimidarla con armas de fuego, para luego trasladarlo contra su voluntad hasta un domicilio en la comuna de Colina, Regi\u00f3n Metropolitana, lugar donde permaneci\u00f3 privado de libertad en contra de su voluntad, siendo amarrado, amenazado y golpeado en dicho inmueble. En virtud de las amenazas, golpes y quemaduras provocadas con cigarrillos, lograron que la v\u00edctima les diera las claves de sus cuentas y tarjetas bancarias\u201d.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n agrega que: \u201cUna vez obtenidas estas y tambi\u00e9n las tarjetas sustra\u00eddas a la v\u00edctima, el imputado Miguel Cordero Su\u00e1rez concurri\u00f3 junto al imputado Yeiber Romero Alcal\u00e1, hasta el cajero autom\u00e1tico n\u00famero 6.344, ubicado en avenida Ecuador (\u2026) en la comuna de Estaci\u00f3n Central, procediendo a hacer a lo menos cuatro giros de dinero, realizados el d\u00eda 19 de diciembre, entre las 23 horas con 18 minutos y las 23 horas con 25 minutos, desde las cuentas del Banco Falabella y Banco Estado de la v\u00edctima. Esto mientras la v\u00edctima estaba cautiva, adem\u00e1s, este grupo organizado procedi\u00f3 a realizar llamadas telef\u00f3nicas extorsivas a la c\u00f3nyuge de la v\u00edctima, en las cuales le exig\u00eda una alta suma de dinero\u201d.<\/p>\n<p>\u201cFinalmente \u2013prosigue\u2013, durante la ma\u00f1ana del 20 de diciembre de 2023, la v\u00edctima fue trasladada en el veh\u00edculo Chevrolet Spark GT hasta la comuna de Puente Alto, donde fue custodiado por el imputado Yeiber Romero Alcal\u00e1, quien utiliz\u00f3 un arma de fuego para ello, para posteriormente subir a la v\u00edctima al veh\u00edculo Kia Morning rojo placa patente (\u2026), el que era conducido por el imputado Andr\u00e9s Mart\u00ednez Soteldo, en compa\u00f1\u00eda de otro de los imputados, cambiando a la v\u00edctima de este veh\u00edculo para trasladarlo hasta el domicilio en la comuna de Rancagua (\u2026), donde intentaban obtener dinero desde aquel lugar d\u00e1ndose posteriormente la v\u00edctima a la fuga una vez que estaba en el interior de su domicilio, comenzando a realizar diversos ruidos y llamadas de auxilio, lo que provoc\u00f3 la llegada de personal policial al lugar y la liberaci\u00f3n de la misma. Posteriormente personal policial traslad\u00f3 a la v\u00edctima a un centro de salud de la comuna de Mostazal ya que manten\u00eda, producto de los maltratos f\u00edsicos, psicol\u00f3gicos y tortura a las cuales se vio sometida lesiones, calificadas cl\u00ednicamente de mediana gravedad por el m\u00e9dico de turno del centro de Salud\u201d.<\/p>\n<p>En la causa, el tribunal resolvi\u00f3 absolver, por falta de pruebas, a Romero Alcal\u00e1, Oviedo L\u00f3pez, Cordero Su\u00e1rez y Mart\u00ednez Soteldo de la acusaci\u00f3n fiscal que les atribu\u00eda autor\u00eda en el delito de asociaci\u00f3n criminal.<\/p>\n<p>Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biol\u00f3gicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas gen\u00e9ticas e incorporaci\u00f3n en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decret\u00f3 el comiso del veh\u00edculo utilizado en el secuestro y los tel\u00e9fonos celulares incautados en el procedimiento.<\/p>\n<\/p><\/div>\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua conden\u00f3 a Yeiber El\u00edas Romero Alcal\u00e1 a la pena de cumplimiento efectivo de 15 a\u00f1os de presidio, m\u00e1s las accesorias legales de inhabilitaci\u00f3n absoluta perpetua para cargos y oficios p\u00fablicos y derechos pol\u00edticos y la inhabilitaci\u00f3n absoluta para profesiones titulares<span class=\"more-link\"><a href=\"https:\/\/portalnacionalchile.com\/?p=3875\">Continuar leyendo<\/a><\/span><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3876,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["entry","author-admin_3wnj700w","post-3875","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-nacionales"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3875","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3875"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3875\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/3876"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3875"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3875"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/portalnacionalchile.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3875"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}